Nos siguen llegando dudas relacionadas con la interpretación de la nómina
mensual, que ha sido modificada para adecuarse al convenio, por lo que vamos a
realizar un repaso por los conceptos más comunes que nos podemos encontrar en
nuestras nóminas.
Es probable que en vuestras nominas no aparezcan todos los conceptos
descritos, o incluso que tengáis alguno que este escrito no aparezca, esto
depende del colectivo del que vengáis (GFI, IECISA, SERMICRO, ELTEC, etc.)
Todas las nóminas están compuestas por varias partes que vamos a
desgranar
1. Encabezado
El encabezado es el apartado de tu nómina en el que encontrarás
dos tipos de datos igual de relevantes: los datos del trabajador/a y los de la
empresa.
En el encabezado también encontraremos la categoría que permite
entender algunos de los conceptos que veremos a continuación
2. Devengos.
Los devengos son todos los ingresos que recibes como trabajador/a. Existen
dos tipos de devengos, salariales y no salariales.
2.1.
Devengos Salariales
Las percepciones salariales son las cantidades económicas que componen
la retribución de tu trabajo. La suma de todas estas cantidades es lo que
se denomina salario bruto
- Salario Base / Plus Convenio. Es una
remuneración fija procedente del convenio colectivo de consultoría. El importe
de estos conceptos depende de la categoría que tengas. Estos conceptos no son
absorbibles
- Antigüedad. Este concepto aparece cuando
el trabajador lleva un trienio en Inetum. Los 5 primeros trienios tendrán la
cantidad del 5% del Salario Base cada uno. Los 3 siguientes trienios tendrán la
cantidad del 10% del Salario Base cada uno de ellos y el último trienio tendrá
una cantidad del 5% del Salario Base cada uno, haciendo un total de 9 trienios.
No es absorbible.
- Complemento Personal. Este complemento
responde a condiciones personales del trabajador/a. Este concepto no es
absorbible.
- Mejora Voluntaria/ A Cta. Conv. Este concepto tiene la cantidad que excede de nuestro sueldo y que no ha sido cubierta por los anteriores conceptos. Esta partida es absorbible, esto quiere decir, si aumentan las cantidades de los otros conceptos salariales, extraerán dichas cantidades de este concepto mientras su valor sea positivo.
2.2.Devengos no salariales
Por su
parte, las percepciones no salariales son aquellas que no tributan como
salario: son bienes o servicios que no cotizan a la
Seguridad Social
-
Reintegro Teletrabajo. Cantidad que se
percibe para cubrir los gastos derivados del teletrabajo durante el mes. En
Inetum actualmente son 20€
- Retribución flexible. Cantidad aportada en formato de retribución flexible
3. Deducciones
Las
deducciones son las aportaciones que se realizan a la seguridad social y al
IRPF.
-
Cotización Contig comunes (4.8%). Cotización
que paga el trabajador a la Seguridad Social en conceptos varios
-
Cotización por desempleo (1.6%). Cotización
que paga el trabajador a la Seguridad Social en concepto de paro.
-
Cotiz formac. Profesional (0,1%). Cotización
que paga el trabajador a la Seguridad Social en concepto de formación.
-
Retención a cta. IRPF. Es el adelanto
correspondiente a la Declaración de la Renta. El porcentaje variará según las
circunstancias de cada trabajador
- Anticipos. Si solicitas un anticipo, la deducción del dinero se reflejará en este apartado de tu nómina.
4. Liquido Total a percibir
-
Remuneración Total (REM. TOTAL). La suma
de los totales positivos de la nómina. Se excluyen conceptos negativos como la
retribución flexible, cuotas sindicales y otros.
-
Prorrateo Pagas Extras (P.P. EXTRAS). Esta
cantidad constituye un sexto de nuestro sueldo mensual. No se incluye como
sueldo el reintegro por teletrabajo, Seguro de Vida, Kilómetros, Dietas, etc.
Esta cantidad se suma a remuneración total, para calcular la Base a la
seguridad social que se paga en 12 mensualidades
-
Base a la Seguridad Social (BASE S.S.):
La cantidad que aparece en esta casilla se utiliza para el cálculo de la cuota de
contingencias comunes a la seguridad social. Este importe sale de la suma de la
Remuneración Total y el Prorrateo de las Pagas Extras. Si se reciben dietas, km
en la nómina, hay que tener en cuenta que parte de las mismas están exentas de
cotizar a la seguridad social.
-
Base Contingencia Profesionales (BASE
A.T. y DES.). Esta cantidad es la que se utiliza para el cálculo de la
cuota de contingencias profesionales como son Desempleo, Formación, Fondo de
Garantía Salarial, etc
-
Base de I.R.P.F. (BASE I.R.P.F). La suma
de todos los devengos. Cantidad que se usa para el cálculo de la retención a
cuenta IRPF
-
Total devengado (T. DEVENGADO). La suma
de todos los devengos.
-
Total a deducir (T. A. DEDUCIR). La suma de las deducciones.
- Liquido a Percibir: La suma de los devengos menos las deducciones. Importe dinerario que percibimos.
5. Aportación de la empresa
Cantidad que aporta la empresa a la seguridad social
tomando las bases de cotización.
El Reintegro de Teletrabajo si tiene deducción de IRPF.
ResponderEliminarToda la razón, ha sido una errata. Ya la he corregido. Muchas Gracias por el apunte.
EliminarBuenos dias y Copmplemento Personal E ?
ResponderEliminarBuenos días. Hay mas conceptos de los descritos en la publicación. Los descritos son los que tienen la mayoría de los compañeros. Si tenéis dudas de los complementos particulares de tu colectivo, tienes que preguntale a RRLL.
EliminarEn IECISA no teníamos complemento absorbible, si pasamos de esta empresa a GFI con las mismas condiciones que teníamos o eso se nos trasmitió en su día, ¿Por qué ahora si tenemos ese complemento absorbible?
ResponderEliminarEl complemento absorbible lo tenemos, porque el Convenio de Consultoría así lo indica en el Artículo 7. El colectivo de IECISA no tenía complementos absorbibles, porque en el convenio de Grandes Almacenes no existía ni existe un artículo donde permita conceptos absorbibles.
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